Hablemos de LA SEÑA en la Repostería Creativa.
Voy a bajarlo en palabras que sean entendibles para todos, ya que no quiero darles una clase de "Contratos" (materia aburrida si la hay jajaja).
Para el derecho argentino, la seña es el inicio de un contrato entre dos personas, en donde una ofrece un servicio (nosotros) y la otra entrega dinero a cambio (el cliente).
Por ende, en principio, no da el derecho a las partes de arrepentirse posteriormente del contrato.
La seña es la forma que tenemos los que ofrecemos un servicio de Decoración a menor escala, de asegurarnos el poder comprar la materia prima y en caso de que el cliente no quisiera el pedido, de no haber perdido dinero y de haber amortizado (parcialmente) el hecho de no haber cobrado todo el trabajo. En criollo: me quedo con la seña porque no solo compré la materia prima y las herramientas, sino que rechacé otros trabajos para hacer ese, y debo tener una compensación por no poder cobrarlo en su totalidad.
En caso de que la cancelación sea por un problema nuestro, el cliente tiene derecho al reembolso de su seña. En criollo: si no pudiste cumplir con el cliente por un problema absolutamente tuyo, debés devolverle la seña, por el perjuicio que tiene el cliente de quedarse sin la torta para su evento.
Pero como los contratos tienen su origen en el acuerdo entre las personas, también pueden acordar la posibilidad de cancelarlo y los supuestos en los cuales se puede hacer. Este tipo de contrato se hace con las formalidades de los contratos y son los que hacen las empresas de cátering, las confiterías, etc.
Por ejemplo: cuando el contrato es con una empresa por un servicio de mesa dulce o una torta para un evento grande (por ejemplo) que va a celebrarse dentro de un año. En esos casos-en donde el plazo de tiempo es tan largo- puede acordarse la cancelación del contrato, los supuestos que abarca y el derecho del cliente al reembolso de la seña. Y en caso del vendedor, se suele acordar supuestos de cancelación y la compensación al cliente, que mayormente es la seña en dinero x2.
Conclusión:
En nuestro caso que trabajamos en nuestra casa: quien dejó la seña la pierde y quien la recibió, si se arrepiente, debe reembolsarla.
Empresas: en caso de que se haya pactado la posibilidad de arrepentirse, quien dejó la seña la pierde y quien la recibió, si se arrepiente, debe reembolsarla al doble de su valor.
Coronavirus: los pedidos señados que fueron suspendidos por fuerza mayor, se mantienen y deben ser entregados en la nueva fecha que el cliente nos indique.
En caso que el cliente no quiera celebrar ese evento, tiene a su favor el dinero que dejó de seña para un próximo pedido.
No se reembolsa la seña.
En caso de que nos pongamos de acuerdo con el cliente porque él quiere cancelar el pedido y nosotros no queremos hacerlo, se debe devolver la seña en su 50%.
Espero les sirva.
Mamá Galleta, en casa.
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